A continuación les explicamos según el boe publicado el 11 de agosto de 2016 la formación de reciclaje que se deber realizar si se ha estado durante al menos un año de manera continuada fuera del sector metal:
El segundo ciclo deberá transmitir además de la formación inicial, conocimientos y normas específicas en relación con el puesto de trabajo o el oficio.
La formación por puesto de trabajo u oficio de 20 horas incluye también la formación de Aula Permanente de 8 horas.
Se establece una acción de reciclaje formativo, obligatorio para el personal técnico, administrativo, mandos intermedios y personal de oficios, consistente en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 3 años. Y versará sobre los conocimientos preventivos específicos de cada especialidad.
Esta acción formativa de reciclaje será impartida de manera presencial, salvo para administrativos, admitiéndose para este colectivo, la modalidad de teleformación.
Asimismo, esta acción formativa de reciclaje será impartida, en el momento de incorporación al puesto de trabajo, cuando el trabajador haya estado alejado del sector, al menos durante un año, de manera continuada.
Ambas partes se comprometen a desarrollar el contenido formativo de reciclaje durante la vigencia de este convenio.